google y el derecho al olvido Recientemente se ha publicado una noticia en varios medios comentando el Derecho al Olvido de Internet, y más concretamente, el de un particular que demandaba al buscador de Internet Google por mostrar, en los resultados de sus búsquedas, enlaces de esta persona a información que no deseaba que se hiciera pública. También se ha comentado que la mismísima Agencia Española de Protección de Datos instó a Google a retirar esos enlaces de sus resultados de búsqueda. Pues bien, Google no sólo no lo hizo, sino que el abogado general del Tribunal de Justicia de la UE se ha pronunciado sobre el alcance del derecho al olvido en Internet, y según el dictamen, el buscador de Internet no tiene obligación de borrar contenido a petición de un usuario. Desde luego no soy jurista y no voy a comentar nada más al respecto desde ese punto de vista. Para eso ya están mis compañeros de Zinetik. Pero desde luego que como informático tengo mucho, muchísimo que decir. Vaya movida con el Derecho al olvido en Internet. Es obvio que abogados y jueces no tiene ni idea de lo que es un buscador, y por lo visto en prensa ser periodista tampoco te garantiza el conocimiento. Pero no estaría nada mal que uno se informe, pregunte a los especialistas, y sepa de lo que habla. Así no nos «darán un repaso» en Bruselas a nuestros jueces y abogados… Resulta curioso que apelen al Derecho al Olvido y sea precisamente el Boletín Oficial de Estado el que te niegue dicho derecho. Veamos despacito y con buena letra cómo funciona ésto del buscador en Internet: Google no publica nada, no almacena nada, no escribe nada. Se limita a «ver lo que publican otros y crear un índice de lo que hay por ahí, para que cuando busques algo puedas encontrarlo con más facilidad». Es algo así como si un día te diera por pasear por tu barrio y anotar todos los pisos en alquiler y venta que hay con carteles en los balcones, y pegaras la hojita en la puerta del bar, para ayudar a otros a encontrar su piso. Hecho el símil, si alguien va y te protesta porque su piso ya no está en alquiler desde hace 3 meses, ¿no le dirías que quitara el cartel que dice «se alquila»? ¿Y a mi que me cuenta ud.? Pues eso es lo que dice Google: a mí qué me cuentas, díselo al BOE!!!! En definitiva, esto pasa porque abogados y jueces no saben qué es un buscador. Quien publica la información no es el buscador, es alguien, en este caso el B.O.E., y es a él a quien hay que acudir. Y si además de aparecer en el B.O.E. aparece en 20 sitios más, pues habrá que acudir a ellos.Por muy arduo y costoso que sea. No se puede argumentar que suprimiendo los enlaces a esa información, esa información desaparece, porque:
    • No es así, la información sigue estando el las páginas de publicación originales
    • Limitar el resultado de un buscador es simplemente censura y atentar contra la libertad de información
Visto lo visto, bien haría la Agencia Española de Protección de Datos hacer cumplir sus propias leyes a la Administración Pública y dejar de hacer el ridículo en Bruselas con el dinero de todos nosotros. Mientras tanto, yo me pregunto: ¿alguien se molestó en averiguar cómo funciona un buscador preguntando al especialista informático? Enlaces de interés: La justicia de la UE da la razón a Google sobre el derecho al olvido en Internet Google no quiere olvidar

ACTUALIZACION: MAYO 2014.

El día 14 de mayo de 2014 la sentencia del TJUE, sin embargo, dio la razón a la Agencia Española de Protección de Datos y obligó a Google a que, cuando así se solicitase, borrase toda referencia a persona o personas determinadas si esta lo solicitaba. Una decisión extraña, a nuestro juicio, pero que habrá que aceptar y acatar.